A raíz de toda la polémica de los derechos de autor, de si hay que pagar o no a las ridículas asociaciones éstas que consisten en cobrar dinero dando por hecho que se va a delinquir, me encuentro con este texto. Aquí se trata de ciencia, pero bien podría ser conocimiento, literatura o incluso música o cine. Los derechos de autor de un escritor radican en la fama, el prestigio y el reconocimiento que tiene dicha persona por su obra. Sin duda alguna, también en la parte que le corresponda por el número de copias que venda, pero esto no es más que una consecuencia que alcanza debido al reconocimiento que tiene su obra socialmente y que tendrá mayor o menor calado en la sociedad dependiendo de la mayor o menor difusión que tenga. Querer legislar y establecer un precio a dicha difusión, no es más que pan para hoy y hambre para mañana.
Los hallazgos de la ciencia son un producto de la colaboración social y son
asignados a la comunidad. Constituyen una herencia común en la cual el derecho
del productor individual es severamente limitado. Una ley o teoría que lleva el
nombre de un científico no entra en la posesión exclusiva del descubridor y sus
herederos, ni las normas les otorgan derechos especiales de uso y disposición.
[...] El derecho del científico a 'su' propiedad intelectual queda
limitado al reconocimiento y la estima que, si la institución funciona con un
mínimo de eficiencia, son proporcionales al incremento aportado al fondo común
de conocimiento.
Merton, Robert K. La sociología de la ciencia: investigaciones teóricas y empíricas. Madrid: Alianza, 1977
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